MINISTERIO DE TRABAJO EMITE REGLAMENTO DEL INCREMENTO SALARIAL PARA EL SECTOR PRIVADO

 

El Ministerio de Trabajo emitió el jueves la resolución 413/2018 que reglamenta la aplicación del incremento salarial del 5,5% al haber básico y 3% al mínimo nacional para el sector privado.

Esa resolución establece el pago del beneficio para todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado, en el marco del Decreto Supremo 3544 del 1 de mayo de 2018.

«Esta resolución tiene por objeto reglamentar la aplicación del incremento salarial, la cual es extensible a todos los contratos de trabajo asalariado sobre la base de una remuneración del 5,5 por ciento, pudiendo especificarse o establecer porcentajes mayores al establecido», informó la directora general de Trabajo, Evelyn Viscarra.

En una conferencia de prensa, explicó que la resolución 413/2018 también reglamenta la aplicación del salario mínimo nacional de 2.060 bolivianos y establece que ningún trabajador, con contrato de asalariado, deba recibir una remuneración básica inferior.

Viscarra añadió que los empleadores deben cancelar el retroactivo del alza salarial hasta el 30 de mayo «impostergablemente» y presentar las planillas que certifiquen el pago hasta el 15 de junio, a través de la página virtual del Ministerio de Trabajo.

Esa autoridad aclaró que el incremento salarial «no es obligatorio» para presidentes, vicepresidentes, miembros de directorios, gerentes, subgerentes, directores, subdirectores y ejecutivos de las empresas privadas.

En caso de incumplimiento al pago del incremento salarial, dijo que las empresas denunciadas serán sometidas a una inspección laboral y sancionadas con multas.
xzs/rm/ ABI

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