CASO ALEXANDER: DEFENSOR DEL PUEBLO AFIRMA QUE NO HUBO VIOLACIÓN

 

El Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, se pronunció hoy sobre el caso del bebé Alexander e indicó que no hubo violación.
«Desde el primer momento del caso, a partir de un error en la investigación, se generó una noticia capaz de despertar el horror y rechazo de autoridades, medios de comunicación y la opinión pública, y de ahí en adelante, sin objetividad, se mostró como culpable a quien terminarían imputando y sentenciando en dos instancias por un hecho que no ocurrió (es decir, la violación)», afirmó.
Dijo que las pruebas científicas y otras de descargo, que fueron desatendidas, evidencian presión por parte de autoridades para poder cerrar el caso con un culpable, asimismo, hubo presión de «analistas» y medios de comunicación, que llevaron a una detención preventiva como una pena anticipada.
El pronunciamiento de Tezanos surge en un momento en que se debate el encarcelamiento del médico Jhiery Fernández, quien fue sentenciado a 20 años de cárcel acusado de violación al bebé Alexander, pero recientemente se conoció un audio en que la jueza Patricia Pacajes admite que no hubo tal delito y que se emitió condena bajo presión.
El Defensor señaló que los medios de comunicación deben limitarse a difundir las noticias sin emitir juicios de valor y mucho menos presionar, pues tal como ocurrió en el presente caso y muchos otros, se ha «presentenciado» socialmente a un inocente.
«El bebé Alexander se encontraba bajo custodia y cuidado del Estado (en un centro de acogida), y lejos de ser protegido y dictarse justicia se tejió otra injusticia para cubrir un caso» de fallecimiento por negligencia médica, lamentó.
 Ante esta situación, pidió al Consejo de la Magistratura garantizar la libertad de un inocente e iniciar inmediatamente una auditoría jurídica al proceso.
«Con la finalidad de evitar aplicar una condena a una persona que puede ser inocente, en el marco de las reglas del debido proceso establecidas en la Constitución, la Convención Americana de Derechos Humanos, doctrina y precedentes contradictorios en materia penal, la Defensoría del Pueblo ha pedido al Consejo de la Magistratura, en aplicación del parágrafo II, numeral 10, del artículo 183 de la Ley del Órgano Judicial garantizar la presunción de inocencia y realizar una auditoría jurídica«, detalló.
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