TRABAJADORES PODRÁN PEDIR INTERVENCIÓN DE UNA EMPRESA EN QUIEBRA

 

La Ley de Empresas Sociales establece en unos de sus 11 artículos que los trabajadores podrán solicitar a un juez laboral la intervención de una empresa que se declare en quiebra, cierre o abandone injustificadamente.

La normativa promulgada el 1 de mayo, “Día del Trabajador”, por el presidente Evo Morales dice además que los activos de la industria pasan a favor de los trabajadores o trabajadoras que quieran reactivar la empresa.

El Art. 11, inciso I de la Ley de Empresas dice: “En los casos de cierre o abandono injustificado de una empresa privada, los y las trabajadoras que cuenten con relación laboral vigente y a la misma genere beneficios sociales en defensa de sus fuentes laborales y sus derechos podrán solicitar a un Juez Laboral la intervención judicial (…) “.

El inciso II del mismo artículo establece que el juez de materia laboral entregará de inmediato la empresa a los trabajadores o trabajadoras y designará un interventor o interventores que tienen la responsabilidad de “administrar, organizar y controlar” el patrimonio adquirido.

El inciso V del Art 11 dice también que el juez de materia laboral dispondrá “la transferencia de un contrato de dación en pago, con arreglo al artículo 307 del Código Civil a los trabajadores y trabajadoras, quienes adquieren la propiedad de los activos y la obligación de satisfacer al pasivo de la misma, hasta el monto del activo”.

Según Gutiérrez, esto significa que “todos los activos pasan a favor de los trabajadores, sino de qué serviría. Los trabajadores se hacen cargo de todo asumiendo deudas y demás situaciones”.

El interventor o los interventores tienen un plazo de 90 días, para hacer un balance social de la empresa de la cual quieran asumir la responsabilidad.

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