TCP RECHAZA PEDIDO DE NULIDAD DE LA SENTENCIA QUE AVALÓ LA REELECCIÓN DE EVO

EVO MORALES

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechazó la demanda presentada por un grupo de abogados constitucionalistas en noviembre de 2019, en la que pedían la nulidad de la sentencia 084/2017, que dio curso a la repostulación de Evo Morales en las elecciones de 2019; la resolución de rechazo salió de la comisión de Admisión y tiene como fecha 24 de diciembre de 2019, pero recién fue notificada ayer, martes, a los accionantes.

Los abogados Angélica Siles, José Antonio Rivera Santibáñez, William Bascopé, Gilberto Cortez, William Herrera, Arturo Yáñez y otros, demandaron la nulidad del fallo que benefició a Evo, a través de una acción de inconstitucionalidad planteada el 2019.

Desde entonces, no había un pronunciamiento oficial del TCP y por eso los demandantes plantearon en octubre de 2020 una acción de amparo en contra de los tribunos exigiendo que su demanda sea atendida, ya que no recibían respuesta pese a las constantes averiguaciones en la página web del Tribunal y en las ventanillas.

La acción de amparo constitucional fue tramitada este miércoles, seis meses después, en la que se presentó el Auto Constitucional que rechazaba la demanda de los abogados accionantes, y por ende, la Sala Constitucional Segunda también rechazó la acción de amparo porque al existir una resolución constitucional no habría demora y menos vulneración de derechos.

Uno de los accionantes, el abogado Arturo Yáñez, dijo que se sorprendió con la aparición del auto constitucional que responde a su demanda de nulidad de la sentencia constitucional 084/2017, porque, pese a que preguntaban constantemente en el TCP, no había tal resolución.

“Extrañamente el TCP hizo aparecer en esa audiencia (de amparo), el auto constitucional 126/2019, de 24 de diciembre, que nos ha notificado ayer. Casi un año y medio después, nos notifican, y rechazan los memoriales que presentamos señalando que no tenemos legitimación activa para pedir esta acción de inconstitucionalidad que solamente está reservada para el Presidente, Defensor del Pueblo y asambleístas”, enfatizó.

El Auto Constitucional de 24 de diciembre de 2019, rechaza la acción de inconstitucionalidad presentada por Angélica Silez, Gilberto Cortez, Arturo Yáñez, William Bascopé y otros, que pedían la nulidad de la sentencia 084/2017.

Están pendientes otras demandas planteadas contra esta sentencia que avaló la repostulación de Evo Morales en 2019, se desconoce si el TCP ya se pronunció, pero aún no notificó.

EL DEBER

0 0

También te podría gustar...