LEY MUNICIPAL SANCIONA CON BS 589 LA NO UTILIZACIÓN DE BARBIJO EN LA PAZ

LEY CONTRA LOS QUE NO USAN BARBIJ

Las personas que sean sorprendidas sin barbijo en La Paz serán sancionadas con una multa de Bs 589 o trabajos comunitarios, según lo establecido en la ley promulgada de corresponsabilidad ciudadana para evitar la propagación y contagio del COVID-19.

El artículo 11 de la norma, proyectada por la concejala Kathia Salazar, establece como medidas de prevención primaria el uso de barbijo obligatorio fuera de casa y en espacios de interacción social como primera medida, además del lavado frecuente de manos con agua y jabón por el tiempo de 20 segundos por lo menos, cobertura de la boca y nariz al toser o estornudar con la parte interior del codo, mantener el distanciamiento físico, evitar el saludo con contacto físico y seguir rutinas de limpieza y desinfección.

Respecto al incumplimiento en el uso del barbijo, la sanción pecuniaria está contemplada de acuerdo al valor actual de 250 UFV (Unidad de Fomento de Viviendas) o alternativamente, el trabajo comunitario en la fecha y hora determinada por autoridad policial, según señala el artículo 18 de la Ley Municipal.

Entre las actividades de trabajo comunitario detalladas en la Ley está la limpieza y fumigación de calles, espacios públicos y bienes de dominio público, limpieza, pintura o restauración de centros públicos de educación, de asistencia social y servicios municipales, limpieza, jardinería, reforestación u ornamentación de bienes de dominio público y cualquier otra actividad en beneficio de la comunidad.

La sanción también alcanza a quienes inciten al incumplimiento de medidas de bioseguridad. Los infractores serán conducidos a la Unidad de Conciliación Ciudadana, donde se aplicará la multa, según cada caso.

LA RAZÓN

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