HIJOS DE PADRES BOLIVIANOS EN EL EXTERIOR PUEDEN NACIONALIZARSE SIN LLEGAR A BOLIVIA, EL TRÁMITE LOS HACEN EN OFICINAS CONSULARES

 

El Senado de Bolivia sancionó hoy la ley que da la posibilidad para que los mayores de 18 años, hijos de padres bolivianos residentes en el exterior, tramiten su nacionalización en oficinas consulares sin necesidad de llegar al país.

La norma tiene la finalidad de «ampliar, efectivizar y desburocratizar el registro de personas nacidas en el exterior de madre boliviana o padre boliviano», señaló una nota institucional de la Cámara Alta.

Se trata de una legislación «para el registro de doble nacionalidad en el exterior» con el fin de efectivizar el trámite, según explicó.

Esto implica que los hijos de padres bolivianos podrán efectuar el trámite de naturalización en cualquiera de las oficinas consulares existentes en el exterior del país.

Hasta ahora, esa posibilidad solo se la otorgaba a los menores de 18 años, teniendo las personas de mayor edad que hacer la tramitación personal en suelo boliviano.

La normativa que modifica un artículo de la ley migratoria pasó al Ejecutivo, encargado de promulgarla en los siguientes días.

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