CONOZCA QUIÉNES SERÁN BENEFICIADOS CON EL BONO CONTRA EL HAMBRE
¿Quiénes podrán cobrar los Bs 1.000?
Las y los ciudadanos bolivianos que residen en el país y que son mayores de 18 años y que cumplieron la mayoría de edad hasta el 16 de septiembre.
Mujeres que actualmente perciben el Bono Juana Azurduy.
Personas con discapacidad visual que reciben el Bono de Indigencia registradas en el Instituto Boliviano de la Ceguera – IBC.
Las personas con discapacidad grave o muy grave registrados en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de las Personas con Discapacidad.
Beneficiarios del Bono Universal, incluyendo las personas que no recibieron ningún tipo de remuneración salarial del sector público o privado a la fecha de promulgación de la Ley N° 1330, es decir el 16 de septiembre de este año.
Los asegurados Independientes en el Sistema Integral de Pensiones.
¿Quiénes no podrán cobrar?
NO podrán cobrar el Bono Contra el Hambre quienes se encuentren en alguno de los siguientes grupos:
Asegurados Dependientes y Consultores que tengan aportes acreditados en su Cuenta Personal Previsional por las AFP’s, sean del sector público o privado, de acuerdo a reglamentación a ser emitida para el efecto.
Derechohabientes de Primer y Segundo Grado que figuran en las planillas para pago de pensiones por muerte de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Beneficiarios del Bono Familia y personas que cobraron el Bono Familia.
¿Cómo cobrar el beneficio?
En entidades bancarias: El beneficiario debe presentar su cédula de identidad original o documentos alternativos. También se puede cobrar el bono mediante un depósito a una cuenta unipersonal.
La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo determinará la fecha del inicio del pago.
El bono podrá ser cobrado hasta 90 días calendario desde el inicio del pago.
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