SANCIONARÁN A QUIENES SE EXCEDAN EN LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TARIJA

Amparados en la Ley N° 259 de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, la Dirección de Orden y Seguridad Ciudadana aplicará las sanciones correspondientes, que van desde multas en UFV´s hasta el decomiso de productos, a quienes infrinjan la normativa respecto a la venta de bebidas alcohólicas, así lo advirtió la responsable de esta instancia municipal, Blanca Peñaloza.

La Ley, en su artículo 18, establece las prohibiciones de venta en los siguientes casos: !En vía pública, salvo autorización específica para el expendio de bebidas alcohólicas, otorgada por los Gobiernos Autónomos Municipales a personas que tienen como principal y habitual actividad el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas; en espacios públicos de recreación, de paseo y en establecimientos destinados a espectáculos y prácticas deportivas; y, en establecimientos de salud, incluidos los predios universitarios, tanto públicos como privados.

Quienes incumplan la normativa, serán sancionados con el decomiso de las bebidas que se encuentren expuestas para su expendio y comercialización, según lo establecido por el artículo 27.

La Ley también indica que «los establecimientos cuya actividad principal sea el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas, que vendan éstas a menores de 18 años de edad, serán sancionados la primera vez con multa de 10.000.- UFVs. y la clausura temporal por 10 días continuos del establecimiento. Si por segunda vez se incurriera en esta prohibición, la sanción será de clausura definitiva».

Por otro lado, «los establecimientos de expendio y comercialización de bebidas alcohólicas que permitan el ingreso de menores de edad, serán sancionados la primera vez con una multa de 10.000.- UFVs y la clausura temporal por 10 días continuos del establecimiento. Si por segunda vez, se incumpliera con estas prohibiciones, la sanción será de clausura definitiva del establecimiento».

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