ESTADO DE EXCEPCIÓN: DEFENSOR DEL PUEBLO ACUDE A LA JUSTICIA PARA QUE SE PRONUNCIEN POR LA ABROGACIÓN DE LA LEY 1341

La Defensoría del Pueblo presentó, el lunes, ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una Acción de Inconstitucionalidad Abstracta respecto de la Ley N.º 1732 de 26 de mayo de 2026. Hay que recordar que el presidente Rodrigo Paz promulgó la Ley 1732 que abroga la Ley 1341, que regulaba los Estados de Excepción en el país.

La acción constitucional se interpuso con la finalidad de que el TCP realice el correspondiente control de constitucionalidad sobre la referida norma.

La acción plantea, entre otros aspectos, la existencia de una presunta omisión legislativa derivada de la abrogación de la Ley N.º 1341 de Estados de Excepción, considerando el mandato contenido en el artículo 139 de la CPE.

«Es importante aclarar que esta acción no tiene por objeto impedir que el Estado ejerza las atribuciones que la Constitución le reconoce para proteger a la población frente a situaciones extraordinarias. La preocupación de la Defensoría del Pueblo radica en que la CPE establece expresamente que los estados de excepción deben estar regulados por ley, a fin de garantizar reglas claras, controles democráticos, mecanismos de supervisión y la protección efectiva de los derechos fundamentales», remarca un comunicado emitido desde la Defensoría del Pueblo, este martes.

Se debe remarcar que la norma abrogada contemplaba mecanismos de control y seguimiento durante la vigencia de un estado de excepción, otorgando a la Defensoría del Pueblo facultades para supervisar la actuación estatal, elaborar informes sobre la vigencia de los derechos humanos, acceder a información pública vinculada a las medidas adoptadas y formular recomendaciones a las autoridades competentes. Estos mecanismos estaban orientados a fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas y la protección de la población.

«La acción presentada busca que cualquier medida extraordinaria que eventualmente pudiera adoptarse cuente con límites precisos, mecanismos de control institucional y garantías suficientes para toda la población boliviana», subraya. 

Es más, se conoció la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) tomó nota de la abrogación de la Ley N.º 1341 y recordó que las obligaciones internacionales del Estado boliviano en materia de derechos humanos permanecen plenamente vigentes, incluso en contextos de conflictividad social y eventuales medidas extraordinarias.

La acción presentada ante el TCP tiene por objeto que el máximo intérprete de la Constitución analice la compatibilidad de la norma impugnada con los principios, derechos y garantías establecidos en la CPE, en concordancia con los estándares internacionales de derechos humanos.

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