SUBNACIONALES 2026: DOS SALAS PLENAS GESTIONARÁN LAS ELECCIONES Y SOLO PARTICIPARÁN FRENTES CON PERSONERÍA VIGENTE DESDE AGOSTO

Dos Salas Plenas del Tribunal Supremo Electoral (TSE) estarán encargadas de llevar adelante las Elecciones Subnacionales de marzo de 2026, en las cuales solo podrán participar organizaciones políticas que cuenten con personería jurídica desde hace al menos 90 días, es decir, aquellos frentes que hayan cumplido este requisito hasta finales de agosto.

Dos Salas Plenas

El TSE lanzó la noche de este jueves la convocatoria a los comicios subnacionales, cuya fecha de votación quedó fijada para el domingo 22 de marzo. Sin embargo, esta y otras actividades serán las últimas que realizará la actual Sala Plena del ente electoral, debido a que su mandato concluye el 19 de diciembre. Ello implica que los nuevos vocales terminarán de conducir las elecciones regionales, según explicó el presidente en ejercicio del TSE, Óscar Hassenteufel.

“Corresponderá a otra Sala Plena la administración de este proceso electoral, y a los distintos TED la ejecución del mismo”, remarcó.

El mandato de Hassenteufel, junto a Francisco Vargas, Yajaira San Martín, Nelly Arista, Tahuichi Tahuichi y Nancy Gutiérrez, vence el 19 de diciembre, seis años después de haber sido posesionados por la legislatura 2015-2020, tras la anulación de los comicios de 2019 y la convocatoria a nuevas elecciones de ese año.

El único vocal que permanecería de esta Sala Plena será Gustavo Ávila, designado por el presidente Luis Arce en abril de 2024; no obstante, corresponderá al actual mandatario, Rodrigo Paz, decidir si mantiene o reemplaza a esta autoridad.

Personería

Las organizaciones políticas que deseen participar deberán contar con personería jurídica otorgada al menos 90 días antes del lanzamiento de la convocatoria. “Por mandato legal, las organizaciones políticas deben tener personería jurídica reconocida 90 días antes de la convocatoria para poder participar en este proceso electoral”, precisó Hassenteufel.

Esta disposición fue ampliamente debatida por la bancada de la alianza Libre durante las sesiones en Diputados y Senado. Sin embargo, la modificación que permitía incluir a frentes que obtuvieran la personería dentro del plazo mencionado fue rechazada antes de la sanción de la normativa.

Calendario flexible

La Ley 026 del Régimen Electoral establece en su artículo 94 que los procesos electorales de mandato fijo deben ser convocados por el TSE “con una anticipación de por lo menos 120 días a la fecha de realización de la votación”. Sin embargo, será necesario ajustar el calendario electoral para que la posesión de las nuevas autoridades coincida con el domingo 3 de mayo, fecha en la que deben asumir alcaldes y gobernadores.

El presidente en ejercicio del TSE aseguró que la realización de un balotaje en el caso de las gobernaciones debe efectuarse “dentro de los 40 días” posteriores a la primera vuelta, lo que deja un margen de fechas a considerar.

“En los próximos días daremos a conocer el calendario. Para la segunda vuelta, la ley establece que debe realizarse dentro de los 40 días posteriores a la primera, por lo que contamos con un margen de fechas que podemos utilizar”, remarcó el vocal.

Asimismo, el sorteo de jurados para la primera vuelta será incluido en el calendario electoral, mientras que, en caso de una eventual segunda vuelta, deberá realizarse 30 días antes de la nueva jornada de votación, lo que podría requerir ajustes adicionales en el calendario.

Aunque la normativa debió aprobarse en la legislatura anterior, fue tratada recién por la actual. Ahora, el Órgano Electoral debe trabajar contra reloj para garantizar la elección de al menos 5.000 autoridades regionales en todo el país y cerrar de manera exitosa un nuevo ciclo electoral en Bolivia.

VISIÓN 360

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