PAREJAS DEL MISMO SEXO QUE CONVIVAN PUEDEN REGISTRAR SU CONCUBINATO EN EL SERECI

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha modificado el Reglamento de Uniones Libres para permitir que las parejas del mismo sexo legalicen su unión. No se trata de matrimonio, sino de concubinato.

El reglamento establece que las parejas del mismo sexo disfruten de los mismos derechos y obligaciones que los ciudadanos heterosexuales, cumpliendo los mismos requisitos y plazos.

“El reglamento no habla de casarse. No hay matrimonio legalizado en personas del mismo sexo, son uniones libres, una cosa distinta al matrimonio, lo que antes se conocía como el matrimonio de hecho. Se puede definir como concubinato, hasta ahí llega la medida”, aclaró Javier Hinojosa, director nacional del Servicio de Registro Cívico (Sereci).

Con la modificación del reglamento, ahora el Serecí puede atender estas solicitudes sin complicaciones en cuanto a interpretación o principios de favorabilidad e igualdad, según dijo Hinojosa.

El reglamento de Uniones Libres fue modificado el 22 de junio, según la Resolución TSE-RSP-ADM N° 0175/2023, tras haber sido notificado al TSE con la Sentencia Constitucional 0577/2022 emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). “Ahora se integra al ordenamiento jurídico de las disposiciones regulatorias para permitir el registro de uniones de personas del mismo sexo”, agregó la autoridad.

REQUISITOS

Los requisitos para quienes deseen presentar la solicitud son: cédula de identidad vigente para bolivianos y bolivianas, cédula de identidad de extranjero o pasaporte para extranjeras o extranjeros; certificado de nacimiento original y actualizado del cónyuge solicitante, y en caso de que sea extranjero, “debidamente apostillado o legalizado conforme corresponde a la autoridad competente”, según establece el reglamento. El cuarto requisito es el formulario de solicitud de inscripción de unión libre, proporcionado por el oficial de registro civil, o puede ser descargado de la página web institucional.

En el trámite, los solicitantes pedirán el registro de su unión ante un oficial de registro civil, presentando toda la documentación exigida como requisitos y deberán pagar el costo del trámite aprobado por la Sala Plena del TSE en el momento de la realización del mismo. El oficial de registro civil debe verificar el cumplimiento de todos los requisitos.

Por otro lado, el reglamento también establece el procedimiento para la anulación de la unión libre, que debe ser registrada en las direcciones departamentales o regionales del Serecí, de acuerdo con lo dispuesto por el Código de las familias y del proceso familiar, cubriendo el costo del trámite aprobado por la Sala Plena del TSE.

Con estas modificaciones, el Reglamento de Uniones Libres ahora se aplica de manera genérica, permitiendo a todos los servicios de Registro Cívico en los nueve departamentos actuar de acuerdo a las uniones libres de parejas del mismo sexo. “Antes, el artículo 18 establecía los aranceles, pero ahora no contiene esa parte, ya que hay otra norma específica sobre los aranceles, según la Resolución N° 076/2017, de 15 de marzo, aprobada por Sala Plena del TSE”, según informó el director del Serecí. Aclaró que en ningún momento se exigió requisitos como un “compromiso de convivencia”, ya que no existe ese documento. 

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