LEY DE DIFERENCIACIÓN PARCIAL: TRABAJADORAS PODRÁN DISFRUTAR DE 90 DÍAS DE DESCANSO POR MATERNIDAD

El responsable del Ministerio de Trabajo Regional de Tarija, Richard Pilco, fue invitado al programa de radio «Sin Tacos Ni Corbata» en Radio Luis de Fuentes para brindar detalles sobre la reciente implementación de la Ley de Diferencial Parcial del Periodo Prenatal al Postnatal. Esta nueva legislación tiene como objetivo garantizar a las trabajadoras la posibilidad de acumular parte de los 45 días de descanso prenatal y sumarlos a los 45 días del postnatal.

Según Pilco, «El ente gestor de la seguridad social podrá emitir certificados de discapacidad inferiores durante a 45 días durante el periodo prenatal y superiores a 45 días el periodo postnatal, siempre y cuando la trabajadora cumpla con los procedimientos y controles prenatales todos necesarios. Esto garantiza la salud tanto de la trabajadora como del nuevo ser».

La acumulación de estos días permitirá un período total de 90 días de goce y disfrute, un derecho adquirido desde 1975 cuando entró en vigencia un decreto Ley. Sin embargo, esta disposición no se cumplió adecuadamente, lo cual ha sido una problemática conocida por las trabajadoras. Con la promulgación de esta ley, su cumplimiento se vuelve obligatorio.

Pilco explicó que diferentes sectores de la seguridad social participaron en el desarrollo de la ley, y las distintas cajas ya tienen conocimiento al respecto. Anteriormente, se emitían los 45 días sin importar si se cumplían o no. Ahora, con la nueva regulación, se busca garantizar que se cumplan adecuadamente los periodos de descanso y cuidado.

El empleador, por su parte, está obligado a suplir o contratar a alguien de manera eventual para cubrir el puesto de la trabajadora durante este período de maternidad. En caso de que el trabajador se niegue a cumplir un periodo superior a los 45 días, se considerará un acoso laboral que será penalizado. En tal caso, el trabajador deberá denunciarlo ante las autoridades correspondientes.

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