INFORME DE INTELIGENCIA ALEGA SIETE ARGUMENTOS PARA NO TRASLADAR A CAMACHO A SANTA CRUZ
Un informe de Inteligencia de la Policía Boliviana señala siete argumentos para frenar el traslado del gobernador cruceño Luis Fernando Camacho a la ciudad de Santa Cruz, para su audiencia por el caso “decretazo”.
Camacho, que está en prisión preventiva en Chonchocoro por el caso golpe I, debía comparecer este lunes ante un juez de Santa Cruz, que lo convocó para el juicio por el caso de la emisión presuntamente irregular de un decreto en 2022.
Según el informe policial, filtrado por Unitel, Camacho no puede ser llevado a Santa Cruz porque hay diversos riesgos para su seguridad.
A continuación los siete elementos del informe policial:
1.- Que las medidas de seguridad y las que se requieran como apoyo en el traslado de Camacho para la audiencia pueden ser vulneradas por grupos afines a la autoridad, que pondrían en riesgo la vida e integridad física del privado de libertad, el personal de seguridad y la población en general.
2.- La reclusos de Palmasola emitieron voto resolutivo de rechazo y declarando a Camacho persona no grata, lo “cual significa un riesgo latente y vulnerable a la seguridad física del mismo”.
3.- Se tiene información sobre grupos de personas que al margen de la ley pueden ser una amenaza para el personal de Palmasola, recinto que debe hacerse cargo de la custodia del gobernador.
4.- El área de salud del penal de Palmasola no cuenta con el ambiente y equipamiento requerido para atender la afección que padece Camacho, es decir, sin acceso a especialidades de centros de salud de segundo y tercer nivel.
5.- El penal de Chonchocoro cuenta con atención médica las 24 horas, en un ambiente separado de la población penitenciaria y con el equipamiento e insumos médicos, con la finalidad de resguardar la vida y salud del privado de libertad.
6.- La presencia de Camacho en su propio departamento genera “alta probabilidad de inicio de una convulsión social por parte de grupos radicales que son afines al mismo, consecuentemente su traslado a dicho departamento no es viable, desde el punto de vista estratégico, táctico y operacional, al considerarse de alta peligrosidad, por la probabilidad de generarse un conflicto social”.
7.- La Dirección del Recinto Penitenciario de San Pedro de Chonchocoro garantiza la asistencia del privado de libertad y de la población penitenciaria a sus distintas actuales judiciales, a través de las plataformas virtuales del Órgano Judicial.
ERBOL
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