EVO PIDE BS 1.9 MILLONES AL TSE COMO RESARCIMIENTO PORQUE NO PUDO SER CANDIDATO A SENADOR
La defensa de Juan Evo Morales, máximo dirigente del masismo, solicitó a la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz que se dé curso a la sentencia constitucional 0087/2021-S4 del TCP en la que se establece una indemnización debido a que no pudo ser candidato a primer senador de Cochabamba. El pedido de resarcimiento asciende a Bs 1,9 millones.
La sentencia establece la calificación del daño y consecuente indemnización económica a favor de Morales Ayma, a ser analizada y dispuesta dicha sala constitucional, considerando como parámetro los gastos judiciales, así como el lucro cesante y daño emergente ocasionados.
El reciente documento que llegó a la redacción de UNITEL, el cual es impulsado por Wilfredo Chávez, exprocurador y abogado del jefe masista, pide que esta indemnización llegue de parte del Tribunal Supremo Electoral (TSE), que en ese entonces estaba presidido por Salvador Romero.
El documento refleja un desglose de los gastos realizados, donde reclama por los sueldos que Morales hubiera recibido por un periodo de cinco años (60 meses) que equivalen a Bs 1.39 millones, aguinaldos, 80 días de vacación y gastos judiciales, como la redacción de un amparo constitucional por valor de Bs 20.000 o los honorarios profesionales.
RED UNO
El TSE rechazó en 2020 el intento de Evo Morales de postular a senador en las elecciones generales, ya que no cumplía con el requisito de residencia permanente en Bolivia, obligatorio para participar en el proceso.
“Solicitamos respetuosamente se proceda a la calificación y consecuente indemnización económica a favor de Juan Evo Morales Ayma, por un total de Bs. 1.912.933,59 (Un millón novecientos doce mil novecientos treinta y tres 59/100 Bolivianos), por concepto de gastos judiciales, lucro cesante y daño emergente, a ser pagado por el Tribunal Supremo Electoral”, reza el documento.
Con estos argumentos, la defensa de Morales espera que la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz contemple la calificación de daños y perjuicios, así como el cobro que emerge del cumplimiento obligatorio de sentencias constitucionales.
Asimismo, el documento refleja que esta situación no solo implica la vulneración de los derechos políticos y a la igualdad del accionante, sino que también “repercutió en su proyecto de vida, así como de la garantía al debido proceso.
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