DECRETO SUPREMO N°4850 NO TIENE EFECTOS EN OPERACIONES QUE SE REALIZAN EN ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) comunica a la población en general, que son falsos e infundados los rumores que están circulando en algunos ámbitos y redes sociales, en sentido que el Decreto Supremo Nº 4850 de 28 de diciembre de 2022, que reglamenta la Ley N° 1448, el cual determina la migración de profesionales independientes que antes tributaban en el IUE y ahora, a partir del 1 de enero de 2023, tributarán en el RC-IVA, tendría efectos en las operaciones financieras, mediante cobros que realizarían los bancos por las transacciones que efectúan los clientes y usuarios.

ASFI, aclara a la ciudadanía, que el objeto de dicha normativa es adecuar el tratamiento tributario del RC-IVA para las personas naturales que ejercen la profesión u oficio en forma libre o independiente, y no está relacionado con una supuesta aplicación de nuevos impuestos a la operativa bancaria y financiera, como maliciosamente se quiere hacer pensar, por lo que, no corresponde que los bancos efectúen cobros por la implementación del señalado Decreto Supremo por las transacciones financieras que realizan los consumidores financieros. Por tanto, esta Autoridad de Supervisión, comprometida con su rol de proteger la estabilidad y solidez del sistema financiero, alerta a la población a no dejarse sorprender por rumores malintencionados de tinte político, cuyo único propósito es generar confusión y temor en las personas que cotidianamente efectúan operaciones financieras.

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